


Biodiversidad





Marco Legal
Normatividad aplicable
a. Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Titulo tercero de la acción ciudadana
• Libro segundo del equilibrio ecológico, la protección al ambiente y el fomento al desarrollo sostenible
• Titulo primero disposiciones generales
Capítulo I
Artículo 2.1
Artículo 2.2 Fracción IV, VI, VII Y XX
Artículo 2.3 Fracción IV, VIII y XVIII
b. Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA018-SEMAGEM-DS-2017, que establece las especificaciones técnicas y criterios que deberán cumplir las autoridades de carácter público, personas físicas, jurídicas colectivas, privadas y en general todos aquellos que realicen labores de poda, derribo, trasplante y sustitución de árboles en zonas urbanas del Estado de México.
c. Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA019-SEMAGEM-DS-2017, que establece las condiciones de protección, conservación, fomento, creación, rehabilitación y mantenimiento de las áreas verdes y macizos arbóreos de las zonas urbanas en el territorio del Estado de México.
d. Manual técnico para el establecimiento y manejo integral de las áreas verdes urbanas.
Política
La Universidad Autónoma del Estado de México está comprometida con el cuidado y protección de la biodiversidad mediante el uso sostenible de su capital natural, emprendiendo acciones de conservación, mantenimiento y restauración de las áreas verdes en los espacios universitarios, apegadas a prácticas alineadas a los ODS 13 (Acción por el clima) y 15 (Vida de ecosistemas terrestres); así mismo, la formación de su comunidad mediante la educación ambiental, regeneración y rehabilitación del patrimonio natural, garantizan que en el desarrollo de su infraestructura se consideren las actividades de mitigación y remediación con un enfoque de ciclo de vida.
